La digitalización financiera entra en una nueva etapa. Y en ese escenario, la firma electrónica se perfila como una pieza clave para el cumplimiento normativo, la protección de datos y la trazabilidad de los servicios.
La implementación de la Ley 21.521, conocida como la Ley Fintech, marca un hito en la evolución del ecosistema financiero digital chileno. Con el proceso de inscripción obligatorio en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (RPSF) ya en marcha, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) busca consolidar un marco más transparente, competitivo y seguro. Pero más allá de los titulares, un elemento técnico se vuelve cada vez más relevante: la firma electrónica.
Este recurso, que por años ha estado en segundo plano, hoy se posiciona como un instrumento esencial para las empresas que deben demostrar identidad, consentimiento y trazabilidad en sus operaciones digitales.
Firma electrónica: un nuevo estándar en autenticación digital
“La Ley Fintech representa un cambio paradigmático en cómo las empresas del sector deben abordar la autenticación y el consentimiento de usuarios”, comenta Danny Vargas, subgerente comercial de IDOK, firma nacional especializada en soluciones digitales.
Y no es para menos: según explica, en un entorno regulado donde el consentimiento debe ser explícito, trazable y revocable, la firma electrónica aparece como la mejor solución técnica para validar ese proceso de forma segura y legalmente vinculante.
Las Prestadoras de Servicios de Certificación (PSC) acreditadas por el Estado pasarán a tener un rol aún más relevante dentro del Sistema de Finanzas Abiertas —programado para iniciar en julio de 2026—, ya que serán las responsables de asegurar los estándares tecnológicos que deben cumplir todas las entidades participantes.
“Las empresas que adopten tempranamente soluciones robustas de firma electrónica tendrán una ventaja competitiva significativa”, asegura Vargas, añadiendo que esto no solo les permitirá cumplir con la normativa actual, sino que las preparará para futuras exigencias en cuanto a trazabilidad, ciberseguridad y protección de datos.
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El consentimiento digital como nueva frontera regulatoria
Uno de los puntos críticos de la Ley 21.521 es la forma en que las empresas deben recolectar y gestionar el consentimiento de sus usuarios. Ya no basta con un “clic” genérico. El consentimiento debe estar vinculado a una identidad, y ser auditable y revocable.
En ese sentido, las tecnologías de firma electrónica ofrecen una capa extra de protección jurídica y técnica, cumpliendo estándares exigidos por organismos como la CMF o el Consejo para la Transparencia.
La nueva legislación no solo formaliza el sector Fintech, sino que también abre las puertas al Open Banking. Y en ese nuevo escenario, donde los datos financieros podrán circular entre distintos actores bajo consentimiento del usuario, contar con mecanismos seguros de autenticación y trazabilidad será una ventaja competitiva, más que un simple requisito.
“La digitalización no puede sostenerse sin confianza, y esa confianza se construye con herramientas robustas, como la firma electrónica avanzada”, cierra Vargas.
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